Ante el fallo de la Corte Suprema sobre ceremonias religiosas en escuelas públicas la APDH se pronuncia
La Corte Suprema de Justicia de la Nación se pronunció en el expediente CSJ 4956/2015/RH1 “Asociación Civil Asamblea Permanente por los Derechos Humanos c/ Dirección General de Escuelas s/ acción de amparo”.
En esta causa la APDH impugnaba, por discriminatorio, el calendario escolar de la Provincia de Mendoza que incluye dos conmemoraciones religiosas en las escuelas públicas de gestión estatal: el Santo Patrono Santiago y la Virgen del Carmen de Cuyo. La Corte nacional confirmó el criterio de la Cuarta Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial que entiende que esas conmemoraciones son manifestaciones de la cultura provincial y no religiosas.
Sin perjuicio de ello, para contextualizar la decisión debe tenerse en cuenta que al momento de la demanda (año 2013), esos actos escolares eran obligatorios. Después del fallo de primera instancia hiciera lugar al planteo de la APDH, son optativos. La modificación de la costumbre escolar fue tenida en cuenta por el máximo Tribunal como fundamento de su decisión.
La APDH se une a todas las organizaciones que luchan por la separación de la esfera religiosa de la estatal haciendo suyas las palabras del Manifiesto Liminar de la Reforma Universitaria de 1918: "Los dolores que nos quedan son las libertades que nos faltan".
Mesa Directiva
24/8/2022