Comunicado de APDH Tuyú Sur en relación a la serie de suicidios en el Partido de la Costa

Regional
Tuyú Sur

Desde la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos Regional Tuyú Sur queremos manifestar nuestra preocupación respecto a la ola de suicidios que se viene dando en el Partido de La Costa. En tres meses se han suicidado 6 personas de un promedio de edad de 30 años.

Estos tristes sucesos, lejos de ser hechos aislados, han generado un alto impacto social y comunitario en nuestra localidad. Ante tal situación debemos manifestar que la ausencia  en materia de políticas sociales integrales, las autoridades del Partido de la Costa están en deuda con la comunidad de San Clemente del Tuyu.

Al respecto les hacemos recordar que en el año 2010/2011 se  votó y aprobó en el marco del Presupuesto Participativo, la construcción de un Centro de Inclusión, integrado a un polo de integración social, cultural, educativx, deportivo y recreativo. La falta de cumplimiento por parte del Estado Municipal ha quedado evidenciada por cuanto:

• En el año 2012 ante la falta de respuesta por parte del Estado Municipal, se solicita la ejecución del mismo.

• En el año 2013 comienza a funcionar compartiendo el espacio físico y la coordinación con el CEPLA y SEDRONAR, desarrollando actividades deportivas, culturales, educativas y sociales a partir de proyectos integrados, a cargo de talleristas y con el acompañamiento de referentes barriales.

• Este Centro de Inclusión que abarcaba la franja etaria que va desde los 5 a los 25 años deja de funcionar a comienzos de 2015.

• En Octubre y Diciembre de 2016 se realizaron solicitudes al intendente Municipal Juan Pablo De Jesús de reapertura del Centro de Inclusión avalado por las instituciones educativas en conjunto con los Equipos de Orientación Escolar.

• En Octubre de 2017 se realiza una nueva solicitud de reapertura al Intendente Municipal Juan Pablo De Jesús.

• En Octubre de 2017 se realiza una nueva solicitud de reapertura al entonces concejal, hoy intendente municipal Cristian Cardozo.

• En Septiembre de 2018 se solicita nuevamente la reapertura ante el H.C.D del Partido de la Costa.

Al día de la fecha no ha habido respuesta alguna por parte del Poder Ejecutivo Municipal, queremos destacar que este trabajo social llevado a cabo por la comunidad educativa de la Escuela Primaria N° 2 en conjunto con referentes barriales evidenciaba desde 2010 la falta de contención social y psicológica de los habitantes de la localidad, como así mismo visibilizaba casos de abuso familiar, violencia doméstica, violencia institucional e intentos de suicidios.

Como APDH Regional Tuyu Sur hacemos responsable al Estado Municipal de la ausencia de herramientas y/o deficiencia de políticas públicas sociales integrales que garanticen la adquisición de los derechos humanos de los habitantes. Al respecto le recordamos que el CAPÍTULO II ARTÍCULO 3º de la ley de Salud Mental Nacional 26.657 establece que: “En el marco de la presente ley se reconoce a la salud mental como un proceso determinado por componentes históricos, socio-económicos, culturales, biológicos y psicológicos, cuya preservación y mejoramiento implica una dinámica de construcción social vinculada a la concreción de los derechos humanos y sociales de toda persona.”

Así mismo instamos al Poder Ejecutivo Municipal a la inmediata reapertura del Centro de Inclusión Social tal y cual fuera aprobado por los habitantes de San Clemente del tuyu en el Presupuesto Participativo 2011.

Dado los últimos acontecimientos ocurridos, solicitamos que se refuercen los dispositivos de contención y atención psicológica en todo el Distrito  exigiendo el cumplimiento de lo estipulado en la mencionada ley en cuanto a: “MODALIDAD DE ABORDAJE ARTÍCULO 8º.- Debe promoverse que la atención en salud mental esté a cargo de un equipo interdisciplinario integrado por profesionales, técnicos y otros trabajadores capacitados con la debida acreditación de la autoridad competente. Se incluyen las áreas de psicología, psiquiatría, trabajo social, enfermería, terapia ocupacional y otras disciplinas o campos pertinentes. ARTÍCULO 9º.- El proceso de atención debe realizarse preferentemente fuera del ámbito de internación hospitalario y en el marco de un abordaje interdisciplinario e intersectorial, basado en los principios de la atención primaria de la salud. Se orientará al reforzamiento, restitución o promoción de los lazos sociales.”

Como organismo de Derechos Humanos con representación Nacional solicitamos formar parte de las distintas instancias de dialogo en la cual se lleve a cabo lo solicitado anteriormente.

Por ultimo queremos expresar nuestras condolencias a las familias que han sufrido perdidas irreparables.

San Clemente del Tuyu 23 de Junio de 2020