Documento político contra el proyecto de ley de Falsas Denuncias

APDH Nacional

El proyecto de ley que pretende endurecer o ampliar las sanciones por las llamadas “falsas denuncias” constituye un grave retroceso en materia de derechos humanos, especialmente en lo que respecta a la protección de niños, niñas y adolescentes frente a situaciones de abuso y a las víctimas de violencia de género.

En el actual contexto político, este tipo de proyectos refuerza una lógica peligrosa: la de cuestionar la palabra de quienes denuncian, deslegitimar las políticas de género y desmantelar herramientas fundamentales de protección.

Las estadísticas y la experiencia de organismos especializados muestran que las denuncias falsas en casos de violencia de género y abuso sexual de mujeres y niñeces son excepcionalmente bajas.  Según la ONU, las falsas denuncias en Argentina representan el 0.3%, se estima que, de cada 1000 abusos, se denuncian 100 y sólo 1 recibe condena. Sin embargo, el proyecto construye un problema sobredimensionado que desvía la atención de la verdadera urgencia: la dificultad que tienen las víctimas para ser escuchadas, creídas y protegidas. En lugar de fortalecer los mecanismos de acompañamiento, investigación y acceso a la justicia, se promueve una herramienta que puede ser utilizada para disciplinar a quienes se animan a hablar.

Es una ley que ataca especialmente a las madres protectoras y las infancias. Denunciar un abuso implica atravesar miedos, presiones familiares, dependencia emocional y múltiples barreras institucionales. Introducir la amenaza de posibles sanciones por “falsa denuncia” incrementa el temor y puede inhibir la palabra de quienes más necesitan ser protegidos. Esto contradice los principios básicos de protección integral y el interés superior del niño, pilares que hoy se ven amenazados por políticas que priorizan el ajuste por sobre los derechos.

Asimismo, desconoce el carácter complejo de los procesos judiciales en materia de abuso. La falta de pruebas concluyentes no equivale a falsedad. Muchas causas no prosperan por dificultades probatorias propias de delitos que suelen ocurrir en la intimidad, sin testigos, y donde el tiempo, el trauma y la revictimización juegan un papel determinante. Porque el 80% de los casos de abuso sexual ocurren en el ámbito intrafamiliar y el 88% de los casos de violencia de género es perpetrado por parejas o ex parejas. Penalizar estas situaciones es, en los hechos, castigar a las víctimas por no poder demostrar aquello que vivieron.

Este proyecto también impacta negativamente en el trabajo de profesionales de la salud, la educación y el ámbito social, quienes tienen la obligación de denunciar ante la sospecha de vulneración de derechos. Bajo un régimen que persigue las “falsas denuncias”, estos actores pueden verse condicionados, debilitando las redes de cuidado y prevención.

La sanción a falsas denuncias ya existe en el Código Penal (Art. 245). Este proyecto duplica la pena a aquellas referidas a violencia de género y abusos sexuales, lo cual establece una doble vara de desigualdad ante la ley, por lo cual se trata de una norma claramente inconstitucional. Esta propuesta busca neutralizar la responsabilidad de los agresores instalando las sospechas sobre lxs sobrevivientes.  No se puede tratar como iguales situaciones que nacen de una asimetría de poder: pretender equiparar el daño devastador de un abuso sexual con la supuesta afectación del denunciado es una aberración jurídica.

Por ello, desde APDH, rechazamos firmemente este proyecto de ley y denunciamos su carácter regresivo. Exigimos políticas públicas que garanticen el acceso a la justicia, el acompañamiento integral y la formación con perspectiva de género y niñez en todos los niveles del Estado.

La prioridad debe ser siempre la protección de las víctimas. Cualquier iniciativa que ponga en riesgo su derecho a ser oídas y a vivir una vida libre de violencias constituye un retroceso inadmisible y una responsabilidad política que no puede ser ignorada.

 

APDH.

 

Datos: ONU mujeres – OM, Corte Suprema de Justicia de la Nación.