La APDH manifiesta su más enérgico repudio a los dichos del Diputado Alberto Benegas Lynch
La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) manifiesta su más enérgico repudio a los dichos del Diputado Alberto Benegas Lynch acerca de su desacuerdo con la obligatoriedad de la educación. Más allá de que sea una postura personal como se intentó justificar por parte del Poder Ejecutivo, esas manifestaciones expresadas por un miembro del Congreso de la Nación suponen un grave desconocimiento o un rechazo al corpus normativo que desde la Ley 1420 –algo a rescatar del gobierno de Roca tan caro a la actual gestión- pasando por la incorporación de la Convención de los Derechos del Niño a la Constitución de 1994 y las posteriores leyes “26.000” que establecen la educación segundaria obligatoria (Ley 26.206 de Educación Nacional), la prohibición del trabajo infantil y protección del trabajo adolescente (Ley 26.390) y la penalización del trabajo infantil (Ley 26.847), entre otras. Cabe aclarar que el trabajo infantil en unidades productivas familiares – “el taller” del que habla el mencionado diputado - está permitido como excepción, siempre y cuando no interfiera en la escolaridad.
Lo que denota, por otra parte, la postura mencionada es la legitimación de dos clases de niñez, una con derecho a la educación y al juego y otra destinada tempranamente al trabajo y sin posibilidad de formarse para ampliar sus posibilidades en la edad adulta, postura también superada por la Ley 26.061.n pedido
Desconocer ese trayecto normativo producto de intensos debates y posteriores acuerdos, implica un grave retroceso en relación con los derechos de los niños y las niñas como ya lo han manifestado distintas voces, incluyendo la de APIABA de la cual APDH es parte, a las que nos sumamos en todos sus aspectos. Consideramos que el Diputado Benegas Lynch incita a cometer un acto contra la ley, lo cual justificaría un pedido de desafuero.