Ministro Cúneo Libarona: Constitución o prejuicios
Las expresiones del Ministro de Justicia Cúneo Libarona vertidas en la reunión convocada por la Comisión de Mujer, Género y Diversidad de la Cámara de Diputadxs de la Nación, constituyen una grave violación de los derechos consagrados a lo largo de varias décadas de lucha por el movimiento de mujeres y diversidades y los organismos de derechos humanos.
Contrario a toda responsabilidad institucional y apelando a expresiones agresivas e hirientes, el funcionario público utilizó argumentos falaces y datos inexactos para justificar la decisión de desmantelar las políticas de género y los mecanismos de protección de derechos de las mujeres y diversidades, despedir sin causa justa o no renovar contratos relativos a servicios esenciales a cientos de trabajadoras y trabajadores, legitimar con prepotencia autoritaria y aguda ignorancia las misiones y funciones del Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad, y desconocer que esa institucionalidad fue fruto de 40 años de democracia y de la demanda sostenida durante años por las organizaciones feministas y el movimiento de mujeres y diversidades para que el área sustantiva de género tuviera una centralidad estratégica en la agenda de las políticas públicas y fuese un espacio jerarquizado dentro del poder ejecutivo.
Cuestionamos los prejuicios ideológicos y el menosprecio por los derechos humanos del Ministro deJusticia, rechazamos su binarismo sexista y su “cruzada heterofamiliarista”, pero especialmente expresamos nuestra preocupación y repudio frente a las posiciones asumidas por el funcionario en tanto resultan contradictorias con la Constitución y leyes vigentes en la Argentina, y contrarias al derecho internacional de los derechos humanos y a las recomendaciones emanadas de los órganos específicos de las Naciones Unidas destinadas a promover y garantizar la igualdad de las mujeres y diversidades y erradicar toda forma de violencia y discriminación por razones de género.
Podrá un gobierno de turno reestructurar ministerios pero quedará para la ciudadanía toda evaluar los resultados de sus decisiones y omisiones. No obstante, ningún gobierno surgido del voto popular puede desconocer las normas libre y soberanamente adoptadas, tales como la Ley 26150 (ESI), la Ley 26845 (prevención de la violencia hacia las mujeres y protección integral contra la violencia hacia las mujeres), la Ley 26618 (matrimonio igualitario), Ley 26743 (Identidad de género) o Ley 27636 (cupo laboral trans) ya que a la legitimidad de origen debe unirse inexcusablemente la legitimidad de ejercicio.
Ya que el Funcionario gusta citar al Presidente, le invitamos a que repita lo que dijera Milei el 10 de diciembre de 2023: “Dentro de la ley todo, fuera de la ley nada” y, con la fuerza de la Marea Verde Violeta, le exigimos que como Ministro de Justicia cumpla a rajatabla con ese principio.