Preocupación por balnearios sin guardavidas

Noroeste del Chubut

La APDH Noroeste del Chubut manifiesta su profunda preocupación ante la decisión conjunta de Parques Nacionales y el Municipio de Lago Puelo de dar de baja el servicio de guardavidas que funcionaba en el Parque Nacional.

Este hecho viola la regulación nacional que indica que todo ámbito acuático destinado al uso de bañistas debe ser cubierto por protocolos de seguridad.

Así lo establece la Ley 27.155/15, de Ejercicio profesional de los guardavidas. El artículo 5 de esa Ley dice: “Ámbito de aplicación territorial. El ámbito de aplicación de la presente ley es todo ambiente acuático del territorio nacional.”

Además, en la Provincia del Chubut, está vigente la Ley XIX N° 22 (antes Ley 286), aprobada el 9 de Septiembre de 2010. En el Articulo 1º, dice: "Toda la playa marítima, fluvial o lacustre que sea destinada al uso de bañistas, deberá ser habilitada especialmente y contar, a partir de la sanción de la presente norma, con servicio de guardavidas".

Al hacer caso omiso a la legislación, tanto el Parque Nacional, como el Municipio de Lago Puelo, ponen en riesgo a todas las personas que quieren disfrutar del medio acuático de nuestro hermoso lugar. En esta temporada ya son dos los casos fatales que seguramente podrían haberse evitado.

Exigimos a las autoridades del Parque y al Municipio que reconsideren su decisión en pos de la seguridad de la población local y de lxs visitantes.