La APDH manifiesta su preocupación sobre las continuas violaciones de los derechos territoriales de las comunidades indígenas de nuestro país
La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) manifiesta, una vez más, su preocupación sobre las continuas violaciones de los derechos territoriales de las comunidades indígenas de nuestro país, que vienen reiterándose a lo largo del territorio nacional. En estos últimos días debimos intervenir, por medio de la Secretaría Nacional de Pueblos Originarios de este organismo, para denunciar el desalojo de la comunidad indígena Las Capillas del Pueblo Ocloya en Palpalá, (Jujuy), luego de haber tomado conocimiento que el tribunal provincial el 19 de diciembre del 2019, resolvió denegar la concesión del Recurso Extraordinario Federal deducido por los representantes y comuneros de la Comunidad Indígena Las Capillas del Pueblo Ocloya.
También queremos dar a conocer y repudiar lo acontecido el pasado martes 8 de diciembre, cuando dos matones al servicio de los usurpadores, llegaron a la vivienda de la Autoridad de la Comunidad Indígena Las Capillas, Jeralda Victoria Colque quién en ese momento no se encontraba, y al ser recibidos por la comunera Alcira Calapeña, fingiendo querer comprar animales, la abordaron, la insultaron e intentaron maniatarla, intención que no pudo ser efectivizada gracias a la intervención de los perros de la casa que hicieron huir a los matones.
La Comunidad Ocloya de Las Capillas cuenta con relevamiento y personería Jurídica, a pesar de ello tiene una orden de desalojo efectuada por la Justicia de Jujuy, que desconoce la Ley 26.160 que reconoce el Territorio Indígena y frena todo tipo de procedimientos administrativos por Desalojos. Una vez más los Jueces de Jujuy ignoran las leyes vigentes que son las que deben aplicar y defender, en ese sentido queremos recordar que no es la primera vez que las Autoridades del Pueblo Ocloya reciben este tipo de amenazas mafiosas, como fue la agresión a tiros que sufrió hace un tiempo el Cacique del Pueblo Ocloya Néstor Jerez.
Solicitamos, una vez más, la suspensión de todo desalojo de las comunidades indígenas de sus territorios, en tanto estos violan lo establecido en el art. 75 inc. 17 de la Constitución Nacional, art. 14 del Convenio 169 de la OIT – Ley Nº 24.071, por el tiempo que dure la emergencia territorial indígena.
De reiterarse situaciones como la descripta, en dicha provincia o en otros lugares (como ha venido sucediendo en Salta, Santiago del Estero, Chubut, Río Negro, por nombrar algunas de las provincias en las que se vulneran cotidianamente los derechos de los Pueblos y Naciones Indígenas) exigimos la intervención directa del órgano de aplicación nacional, que deberá hacerse presente en los territorios comunitarios.
A la vez que volvemos a reiterar la necesidad urgente de aprobar una Ley de propiedad Comunitaria Indígena que otorgue un marco legal concreto y termine con estas situaciones de vulneración de los derechos territoriales comunitarios. Si bien la Ley 26.160 que como ley de emergencia debió ser prorrogada en distintas oportunidades se encuentra vigente hasta noviembre de 2021, debe sancionarse esta ley que cuenta con diferentes proyectos que aún gozan de estado parlamentario.
No olvidamos.
No perdonamos.
No nos reconciliamos.